"...Esta Cámara aprecia que el recurrente se equivocó en el planteamiento del submotivo de casación, pues no puede denunciarse un error en la valoración de medios de prueba, cuando se invoca error de hecho en la apreciación de la prueba, toda vez que este submotivo de casación prescinde por completo de toda valoración probatoria y recae en los medios de prueba en cuanto el tribunal desvirtúe su contenido objetivo, u omite la apreciación de los mismos. Como consecuencia de lo anterior el submotivo invocado es improcedente y el recurso de casación debe desestimarse..."